1. ARRENDATARIO. Se considera a todos los efectos, arrendatario y responsable de la motocicleta arrendada, al conductor de la misma, firmante de este contrato, con independencia de quién haya reservado y/o pagado el alquiler de la misma. 
  1. ARRENDADOR. Se considera arrendador a MOTOS DAKAR 2021, S.L. Sus empleados están facultados para actuar en nombre de la empresa en el presente contrato.
  1. OBJETO DEL CONTRATO. Motos Dakar 2021, S.L. (el arrendador en adelante) arrienda al arrendatario la motocicleta descrita en el expositivo I de este contrato conforme a los términos, condiciones y tarifas establecidos en este contrato y su Anexo y que las partes se comprometen a cumplir en su íntegra totalidad. La motocicleta es entregada en este acto al Arrendatario, recibiendo del Arrendador un juego de las llaves del mismo, así como la documentación de la moto y el seguro necesarios.
  1. PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio a abonar por el Arrendatario será el estipulado de conformidad con la “Tarifa de Precios” del Anexo. 

La factura se entregará tras la devolución de la motocicleta por el Arrendatario. 

Los precios indicados incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido vigente. 

El precio se abonará por el Arrendatario a la formalización de la reserva mediante tarjeta de crédito aceptable y en vigor o en efectivo (cantidades inferiores a 

999,00 €).

El pago del precio implicará la aceptación expresa de los términos del presente contrato.

  1. DURACIÓN Y PRECIO EXTRA POR ENTREGA. La duración del contrato se establece en x días, comenzando a contar desde el día y hora de la firma del presente contrato, no siendo posible su prórroga, salvo aceptación expresa del Arrendador y pacto del precio entre las partes. El arrendamiento se realiza por días completos de 24 horas. 

Una vez finalizado el contrato, el Arrendatario estará obligado a devolver al Arrendador, en las oficinas de la Arrendadora y dentro del horario de atención al público, la motocicleta objeto de este contrato con su llave y su documentación, en el mismo estado de conservación en el que se encontraba cuando le fue entregada, a excepción del desgaste admitido por un uso normal de los neumáticos, pastillas de freno, kit de arrastre y demás elementos considerados consumibles. 

El Arrendatario podrá pactar la entrega de la motocicleta fuera del horario comercial y en otra dirección diferente a las dependencias del Arrendador, pagando los precios que se estipulen.

  1. LÍMITE DE KILOMETRAJE Y KILOMETRAJE EXTRA. El arrendamiento del vehículo se realiza con un límite de 300 Kilómetros/día para arriendos inferiores a 7 días; 600 kilómetros totales para arriendos de fin de semana e ilimitado en el caso de arriendos de 7 o más días. En el momento de la reserva, el Arrendatario podrá contratar “kilometraje extra” a los límites definidos, a razón del precio establecido en el Anexo (0,35 EUROS/KILOMETRO). La realización de un kilometraje extra inferior al contratado no da derecho a devolución de cantidad alguna. 
  1. DEPÓSITO DE GARANTÍA. El Arrendador cobrará, en concepto de depósito de garantía, mediante tarjeta de crédito o en efectivo, en el momento de la firma del presente contrato, la cantidad equivalente al importe de la franquicia que corresponda al tipo de seguro contratado por el Arrendatario. Esta cantidad será devuelta a la extinción del presente contrato, una vez verificado el correcto estado y funcionamiento de la motocicleta arrendada y que ha sido devuelta en las mismas condiciones en que se entregó. La devolución del depósito de garantía puede tardar hasta 7 días. 

Sirva este contrato como comprobante del depósito de garantía por parte del Arrendatario y de retención del importe por parte del Arrendador si fuese necesario. El depósito de garantía no está sujeto al pago del impuesto del Valor Añadido. El depósito de garantía se abonará físicamente en tienda.

8. REQUISITOS DEL ARRENDATARIO PARA CONTRATAR. El Arrendatario deberá tener una edad de entre 25 y 70 años cumplidos y disponer de carnet de motocicleta con una vigencia mínima cumplida de 2 años, lo que acredita mediante exhibición de su DNI (o pasaporte) y del permiso de conducir, cuyas copias serán escaneadas y guardadas por el Arrendador. El Arrendador podrá denegar el arrendamiento de un vehículo si, a su juicio, las características del arrendatario (tales como peso, altura, etc.) impidieran a éste el uso correcto y seguro de la motocicleta. A estos efectos, en aquellos casos en los que se hubiera realizado una reserva para el arrendamiento del vehículo, el Arrendador podrá denegar o resolver dicha reserva a través de la devolución íntegra el importe de la reserva, sin penalización o retención alguna.

El Arrendatario manifiesta que no concurre en él circunstancia alguna que afecte negativamente a su capacidad de conducir, no le ha sido retirado el permiso de conducir en el último año, no se ha iniciado contra él procedimiento sancionador, ni ha sido sancionado por conducción temeraria o por conducir bajo la influencia del alcohol u otras sustancias estupefacientes.

9. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR. El Arrendador se obliga a entregar el vehículo al Arrendatario en buen estado (incluidos los neumáticos y demás elementos de desgaste), con todas las piezas originales, la documentación legalmente exigible, al día en las revisiones necesarias, cumpliendo con todas las condiciones de seguridad y con los seguros obligatorios para circular. Así lo reconoce el Arrendatario tras examinarlo y por ello firma este contrato. 

10. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO. El arrendatario se obliga:

  1. A conducir cumpliendo las exigencias fijadas por el RD Legislativo 339/1990, debiendo estar en todo momento en condiciones de controlar el vehículo, adaptando la conducción a las circunstancias concretas y adoptando en todo momento, las precauciones necesarias para su seguridad, la de las personas que pudiera transportar y la de los demás usuarios de la vía, sin rebasar los límites máximos de velocidad establecidos para cada tipo de vía, ni conducir de manera temeraria.
  2. A conservar el vehículo, equipamiento, accesorios y demás elementos en buen estado, incluyendo su protección frente a condiciones meteorológicas adversas o posibles robos.
  3. A no dar en garantía, pignorar, vender, alquilar, ceder, hipotecar, prestar o incluso variar o modificar cualquier parte del vehículo o el vehículo mismo, incluyendo los documentos, llaves, herramientas, equipamiento, accesorios, etc.   
  4. A no utilizar la motocicleta como soporte publicitario o a afectar el mismo con rotulación o identificación de tipo alguno, ni a retirar las que el Arrendador haya puesto en la motocicleta, que no sean las propias del Arrendador, sin autorización previa y por escrito del Arrendador, ni a exponerlo en vídeos o fotografías que puedan aparecer públicamente en YouTube, RR.SS. o similar sin previa autorización del Arrendador; así como se compromete a no usar la motocicleta para realizar pruebas o test de ningún tipo que se  publiquen en Internet.
  5. A no transportar personas o mercancías con infracción de las disposiciones legales vigentes o superando por número (peso, cantidad o volumen) los límites especificados por el fabricante del vehículo.
  6. A no transportar mercancías inflamables, peligrosas, radioactivas, tóxicas o nocivas.
  7. A no permitir que lo conduzcan otra/s persona/s más que el/los conductor/es expresamente autorizado/s por el Arrendador y responder ante el Arrendador de los daños, pérdidas y perjuicios que se ocasionaren como consecuencia del uso no autorizado del vehículo por terceros distintos de los mismos.
  8. A no conducir en condiciones físicas inadecuadas, motivadas por consumo de alcohol, drogas, sustancias estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o por fatiga o enfermedad o cualquier otra circunstancia que impida el adecuado control del vehículo.
  9. A no utilizar el vehículo para empujar o remolcar otros vehículos, remolques u objetos rodantes o no.
  10. A no participar en competiciones ni carreras de tipo alguno.
  11. A no hacer uso o realizar pruebas de resistencia de materiales, accesorios o productos con el vehículo alquilado.
  12. A vigilar/candar el vehículo, estacionar en lugar apto, adecuado y seguro cuando no esté siendo utilizado y guardar en lugar seguro la documentación y llaves, haciendo todo lo posible para evitar daños o robo de la motocicleta o sus accesorios.
  13. A no conducir por lugares no aptos para la circulación (fuera de carreteras) o en circunstancias no aptas para la conducción/circulación o que puedan causar daños en el vehículo. 
  14. A conducir el vehículo exclusivamente dentro de España o del territorio de Europa, con la excepción de Rusia y todo el territorio extracontinental (p.ej. islas, África, etc.) y siempre con conocimiento y aceptación expresa del Arrendador.
  15. A no transportar el vehículo en ningún tipo de embarcación, tren, camión o avión u otro transporte, salvo autorización expresa del arrendador, debiendo comunicárselo previamente.
  1. A responder de los daños que se hayan ocasionado a terceros y de las cantidades que el Arrendador haya debido satisfacer por éste u otro concepto, cuyo origen se encuentre en la conducta del Arrendatario. 
  2. A colaborar con las autoridades en los términos previstos por la ley. 
  3. A actuar en caso de avería o accidente con arreglo a lo previsto en este contrato. 

El incumplimiento de estas condiciones faculta al Arrendador a hacerse cargo del vehículo sin previo aviso o a requerirlo judicialmente y proceder a demandar al Arrendatario por daños, pérdidas y perjuicios causados.

11. EN CASO DE ACCIDENTE. El Arrendatario se compromete a informar inmediatamente de cualquier siniestro, accidente y daños al vehículo al Arrendador, a las autoridades pertinentes y a la asistencia en carretera 24 horas (cuyos datos se indican en el anexo del contrato), así como a transmitir al Arrendador, inmediatamente, todas las informaciones y notificaciones relativas a dicho siniestro y a prestar la cooperación oportuna a las autoridades, al Arrendador y a la compañía aseguradora en la investigación y defensa de cualquier reclamación y/o proceso. El Arrendatario se compromete a rellenar un parte exhaustivo del siniestro, incluyendo la totalidad de la información relativa a las circunstancias, los vehículos y sujetos implicados, los daños y demás información relevante que concurren en el mismo. El Arrendatario será responsable de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las anteriores obligaciones, en especial, si reconociera su culpa o responsabilidad en los hechos o si como consecuencia de su actuación, el seguro contratado dejara de dar cobertura al siniestro.

El Arrendador no responderá de cargos derivados del uso de otras compañías de asistencia o aseguradoras no autorizadas por él. El Arrendador estará exento de responsabilidad por los daños directos e indirectos, así como de los perjuicios que pudieran derivarse de accidentes que pudieran surgir con motivo de la utilización del vehículo durante la vigencia del presente contrato, de los cuales responderá el Arrendatario en todo aquello que por cualquier circunstancia no resulte cubierto por el seguro contratado.

12. MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO Y AVERÍAS. Ante cualquier indicio de fallo técnico del vehículo, el Arrendatario se pondrá en contacto, dentro del horario comercial, con el Arrendador quien le indicará qué hacer o el lugar al que debe transportar el Vehículo, empleando el Servicio de Asistencia en carretera que le indique el Arrendador (enviar correo a daniel.gonzalez@motosmadriddakar.com). En caso de no poder contactar con el Arrendador, el Arrendatario deberá inmovilizar el vehículo, evitando circular, si se trata de un fallo de motor con encendido de un testigo amarillo en el cuadro de la motocicleta y esperar a contactar con el Arrendador antes de continuar. Como alternativa, el Arrendatario podrá contactar con el Servicio de Asistencia en carretera, en el teléfono que se recoge en el Anexo, con el objeto de trasladar la motocicleta únicamente al Servicio Técnico Rolen Motor  servicio oficial BMW.  

Los gastos de combustible corren por cuenta del Arrendatario en su totalidad, siendo así mismo a su cargo cualquier gasto derivado del uso de un combustible inadecuado. El Arrendatario deberá comprobar los niveles de líquidos cada 1.000 kilómetros y reponerlos si fuera necesario. Consultará con el Arrendador el tipo de líquido/aceite que debe emplear, así como la manera de rellenarlos. El Arrendador reintegrará los gastos que hubiera adelantado por este concepto el Arrendatario una vez justificado documentalmente su pago. El hecho de conducir la motocicleta sin los niveles adecuados de líquidos y aceite del motor será considerado como una negligencia por parte del Arrendatario y en el caso de causar daños a la motocicleta, el Arrendador tendrá derecho a cargar el coste de reparación al Arrendatario y detraerlo del depósito de garantía entregado, así como requerir la diferencia hasta el total de la reparación al Arrendatario. Serán por cuenta del Arrendatario los costes derivados de la reposición de líquidos cuando sean consecuencia de un uso no adecuado del Vehículo.

El Arrendatario estará obligado, en caso de pinchazo, rotura o daño del neumático a reparar o cambiarlo a su coste por uno de idénticas medidas, calidad y fabricante original, previa autorización expresa del Arrendador.

El Arrendador estará exento de responsabilidad por los daños directos e indirectos, así como de los perjuicios que pudieran derivarse de averías surgidas en el vehículo durante la vigencia del presente contrato. Las partes acuerdan que el Arrendador no será responsable, ni podrá interponerse al mismo reclamación alguna, en caso de que una avería o mantenimiento necesarios en la motocicleta incida de cualquier manera en los planes de viaje del Arrendatario. 

El Arrendador está exento del pago de reparaciones ocasionadas por el mal uso del vehículo o del cambio de los neumáticos que se hayan gastado por el kilometraje no acordado en este contrato, o hayan sufrido deformaciones o daños estructurales ocasionados por el uso indebido. El Arrendador está obligado a reparar a su coste las averías que pudieran surgir por el uso normal y adecuado del vehículo y a proporcionar unos neumáticos con duración suficiente para cubrir los kilómetros acordados con el Arrendatario en este contrato, siendo responsabilidad del Arrendatario su sustitución en caso de resultar necesario para concluir su viaje. Dicha sustitución será adelantada y posteriormente justificada por el Arrendatario, pero el modelo y taller deben ser aprobados por el Arrendador. 

13. RESERVAS Y CANCELACIONES. Las reservas se consideran en firme desde el momento en que su importe esté satisfecho de manera irrevocable. La modificación de una reserva está supeditada a la disponibilidad del vehículo reservado en las fechas que se soliciten. La modificación de una reserva tendrá un coste por gastos de gestión, según se recoge en el Anexo, en caso de solicitarse con una antelación inferior a 7 días naturales. La cancelación de una reserva en plazo superior a los 15 días naturales previos a la fecha de entrega del vehículo dará derecho al Arrendatario a la devolución del importe total pagado por la reserva. La cancelación de la reserva con una antelación inferior o igual a 15 días respecto de la fecha prevista de entrega del vehículo dará lugar a la devolución del 60 % del importe pagado.

14. HOJAS DE ENTREGA Y DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. A la entrega y a la devolución de la motocicleta, Arrendador y Arrendatario examinarán conjuntamente el estado de ésta y consignarán en la hoja de entrega y en la hoja de recepción las incidencias, ralladuras y desperfectos en general que se aprecien a simple vista. Como Anexo a las mencionadas hojas, se incluirán fotografías y vídeos de los desperfectos apreciados. 

15. ENTREGA Y DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO. La motocicleta será entregada y devuelta en las instalaciones del Arrendador ’MOTOS MADRID DAKAR’ descritas en el Anexo o en las direcciones alternativas estipuladas en el presente contrato, dentro del horario comercial de atención al público. A efectos del presente contrato, el horario comercial será el publicado a la fecha del contrato en la página web del Arrendador. El vehículo y la documentación del mismo se devolverán en el mismo estado en que han sido recibidos del Arrendador. El Arrendatario acepta un cargo extra por recogida o devolución fuera del horario comercial y/o por entrega o devolución en otra dirección diferente de las estipuladas en el contrato. Dichos cargos extras figuran detallados en el Anexo. Recargo por entregar fuera horario comercial 100 euros. 

Será por cuenta del Arrendatario la gasolina que precise la motocicleta por su utilización, debiendo devolverse con el depósito lleno una vez finalizado el arrendamiento. En caso contrario, el Arrendador podrá utilizar el depósito de garantía para cubrir el coste de la gasolina, a razón del precio 2 euros/litro y de acuerdo con la motocicleta que corresponda, más 30€ de gestión.

16. TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Son causas de terminación y

resolución del presente contrato las siguientes: 

a) El cumplimiento del contrato una vez finalizado el plazo establecido en el presente contrato. 

b) El incumplimiento por parte del Arrendatario de alguna de las cláusulas del presente contrato. 

La resolución del presente contrato no impide la reclamación posterior.

17. SEGURO. La motocicleta objeto de este contrato se arrienda con seguro en vigor a todo riesgo con franquicia. Será por cuenta del Arrendador el abono de las primas de dicho seguro que se devenguen durante la vigencia de este contrato. El Arrendador ofrece por defecto al Arrendatario la opción de contratar el seguro estándar que conlleva una franquicia de la siguiente cuantía 1300 € 

18. INFRACCIONES, DENUNCIAS Y MULTAS. El artículo 81.2 del RD Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante RD Legislativo 339/1990) establece que, en caso de infracción de las disposiciones contenidas en dicho RD, el Arrendador está obligado a remitir al órgano instructor del procedimiento sancionador, un duplicado o copia del presente contrato con identificación de la persona del Arrendatario como conductor del vehículo. El Arrendatario será responsable: 

a) De las infracciones y sanciones que le sean impuestas por la autoridad correspondiente, debiendo colaborar con los agentes de la autoridad, identificando al conductor del vehículo en el momento de la comisión de la infracción y sometiéndose a las pruebas que se le soliciten. 

b) De todos los cargos y gastos derivados de multas y procesos judiciales que traigan causa en infracciones de la normativa vigente por parte del Arrendatario o cualquiera de los conductores autorizados, así como de los recargos aplicables por retrasos en los pagos. 

c) De los gastos que se originen en caso de inmovilización, retirada y/o depósito del Vehículo, respondiendo frente al Arrendador de los daños, pérdidas y perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de ello. 

Asimismo, en caso de inmovilización, retirada o depósito del vehículo por la autoridad competente, el Arrendador, como titular del Vehículo, está facultado para adelantar todas las cantidades que sean necesarias para recuperar el mismo, sin perjuicio del derecho a reclamar posteriormente dichas cantidades a el Arrendatario con la aplicación del recargo descrito en el Anexo al presente contrato por gastos de recuperación de la motocicleta, así como a reclamar al Arrendatario el importe correspondiente por los días completos que demore la recuperación de la motocicleta, de acuerdo con las cantidades recogidas en el Anexo al presente contrato como “Penalización por días de retraso”. 

19. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS. PENALIZACIONES POR INCUMPLIMIENTO. El Arrendatario acepta de manera expresa que el incumplimiento por su parte de cualquiera de los términos de este contrato que ocasione daños y perjuicios a el Arrendador otorga el derecho a este último para reclamar las cantidades adeudadas incluido, el valor completo de la motocicleta, así como los daños y perjuicios ocasionados directamente a la motocicleta. El incumplimiento del contrato por parte del Arrendatario faculta al Arrendador a rescindir unilateralmente el presente contrato y hacerse cargo del vehículo sin previo aviso o a requerirlo judicialmente y proceder a demandar al Arrendatario por daños, pérdidas y perjuicios causados. En este caso el Arrendador estará autorizado a retener el 100% del depósito de garantía como penalización por incumplimiento de las obligaciones del Arrendatario.

El Arrendador no será responsable de ningún daño directo, indirecto o perjuicio que pudiera derivarse de una avería en el vehículo o de un accidente que pudiera ocurrir al Arrendatario mientras utiliza la motocicleta o que ocurriera durante el período de arriendo por cualquier causa imputable a la motocicleta o a este contrato. El Arrendatario excluye de manera expresa al Arrendador de cualquier daño y perjuicio que pudiera derivarse del presente contrato.

El Arrendatario indemnizará al Arrendador por los daños, pérdidas y perjuicios que le cause el incumplimiento, por parte del Arrendatario, de las anteriores obligaciones.

El Arrendatario responde de los daños producidos al vehículo hasta un importe máximo equivalente al depósito de garantía efectuado o hasta el total del importe de los daños en caso de uso negligente o inadecuado, fruto de incumplir las obligaciones del Arrendatario descritas en este contrato. En caso de encontrarse desperfectos o daños estéticos o mecánicos en la motocicleta, el Arrendador valorará el coste de la reparación y detraerá la cantidad necesaria para la reparación de dichos desperfectos del depósito de garantía. El importe detraído nunca podrá exceder el total del depósito de garantía efectuado, devolviéndose al Arrendatario la cantidad sobrante si la hubiere, lo que puede demorar hasta 5 días hábiles. El Arrendador empleará dicha cantidad para la restitución de la motocicleta a su estado inicial sin perjuicio de la posible reclamación posterior de daños y perjuicios que pudiera iniciar y sin que suponga renuncia alguna por parte del Arrendador del cobro de la cantidad total por la que el Arrendatario debiera responder, pudiendo llegar esta hasta el importe íntegro de compra de la motocicleta nueva.

En caso de demora en la devolución de la motocicleta por parte del Arrendatario por un plazo superior a 2(DOS) horas sobre lo estipulado, el Arrendador estará facultado a cobrar al Arrendatario una penalización (un día completo, según la tarifa de cada moto) de arrendamiento en concepto de “retraso en la entrega”. De no entregarse la motocicleta por parte del Arrendatario a la finalización del período de arrendamiento y habiéndose excedido el plazo de devolución en más de 24 (VEINTICUATRO) horas sin haberse pactado una extensión de la duración del contrato entre las partes, el Arrendatario deberá abonar al Arrendador, en concepto de penalización por incumplimiento del contrato, la cantidad definida en el Anexo como “Penalización por días de retraso”(600 euros/día), hasta que se realice la entrega definitiva de la motocicleta al Arrendador. En este caso no aplicará el cargo de un día completo (que se aplica en caso de excederse 2 (DOS) horas de la fecha y hora estipuladas para la devolución), sino que se aplicará la penalización mencionada.

En el caso de no contratar kilometraje extra y superarse el límite máximo estipulado en el (300 km/día, fin de semana 600 km + días ilimitado) Anexo según plazo de arriendo, se aplicará un precio extra por kilómetro en concepto de penalización, que el Arrendatario abonará en el momento de la devolución del vehículo.

Dicha penalización extra por kilómetro es 0,35 euros/kilometro.

El Arrendatario responderá de los daños, pérdidas y desperfectos que haya sufrido el vehículo y del desgaste que no se corresponda con un uso ordinario del mismo. Los costes de reparación de dichos daños y los consumos excesivos ocasionados a la motocicleta fruto de un uso indebido serán plenamente por cuenta del Arrendatario, aunque excedan del depósito de garantía cobrado.

Asimismo, el Arrendatario responderá personalmente por los daños causados en la motocicleta arrendada que tengan su origen en la conducción de este y que por cualquier circunstancia no queden cubiertos por el seguro a todo riesgo suscrito por la Arrendadora hasta el monto total de la Fianza cobrada. El Arrendatario responderá por la totalidad de los daños producidos en la motocicleta, el conductor o terceros, cuando se produzcan fruto de la conducción bajo los efectos del alcohol y/o estupefacientes o sean motivo de imprudencia o negligencia o infracción grave. En este caso el depósito de garantía pagado no será el límite de daños por los que responde el Arrendatario.

El Arrendatario es responsable de la motocicleta hasta que esta sea devuelta al Arrendador, debiendo abonar los gastos directos de recuperación y transporte, la penalización por recuperación de la motocicleta”, más una “penalización por día de

retraso en la entrega” definidos en el (600 euros) Anexo, de no emplearse el servicio de asistencia disponible; y habrá de hacerse cargo de los daños que el transporte de la misma pudiera ocasionar a la motocicleta en caso de no haberse contratado un seguro de transporte.

Si la reparación hubiese de ser a cargo del Arrendatario, de acuerdo con lo previsto en el presente contrato, el Arrendador detraerá la cantidad correspondiente del depósito de garantía que obre en su poder y solicitará el pago de la diferencia al Arrendatario. En ningún caso el Arrendatario está autorizado a reparar el vehículo sin autorización expresa del Arrendador. El Arrendatario es responsable de la motocicleta hasta su devolución al Arrendador y nunca abandonará la misma. En caso de abandono de la motocicleta por parte del Arrendatario, este admite que el Arrendador le reclame daños y perjuicios, coste de recuperación del vehículo, coste de reposición a nuevo del vehículo si fuera el caso. Así mismo el Arrendatario deberá abonar una “penalización por día de retraso en la entrega de la motocicleta”, más la “penalización por gastos de recuperación de la motocicleta” (400 euros) definidos en el Anexo.

El contrato se extingue una vez que el Arrendatario proceda a la devolución al Arrendador del Vehículo, la documentación, accesorios, equipamiento y las llaves de dicho vehículo, previa verificación por parte de éste, de su estado, el cual se reflejará en la hoja de entrega prevista en la cláusula trece del presente contrato. La retención o no devolución por cualquier causa del vehículo por parte del Arrendatario, sin autorización previa por el Arrendador, más allá de la fecha y hora acordadas en este contrato se considerará no consentido por el Arrendador y dará derecho a éste a ejercitar las acciones legales pertinentes y cobrar la penalización por demora 600 euros día.

En caso de daños, robo o pérdidas en el vehículo o de cualquier otra incidencia que haya tenido lugar durante la vigencia del contrato, deberá reflejarse esta circunstancia en la hoja de entrega del vehículo que será suscrita por ambas partes. Si el importe de los daños, pérdidas o incidencias fuere inferior al depósito de garantía contratado por el Arrendatario, el Arrendador retendrá la cantidad que corresponda a aquéllos y devolverá al Arrendatario el resto del depósito de garantía no utilizado. Si el importe de los daños, pérdidas o incidencias fuera superior a el depósito de garantía pagada por el Arrendatario, éste autoriza al Arrendador a cargar en la tarjeta de crédito titularidad del Arrendatario el importe total de los daños, pérdidas o incidencias salvo los expresamente cubiertos por el seguro contratado por el Arrendador. Todo ello se entiende sin perjuicio de las acciones penales o civiles a que pudiera haber lugar.

20. PROTECCIÓN DE DATOS. El Arrendatario consiente en aceptar y respetar las condiciones de Política de Privacidad disponibles en la página web www.motosmadriddakar.com. Los datos son recogidos para el arrendamiento de la motocicleta, y proporcionar un mejor servicio. El Arrendador recopila y utiliza la información personal para ofrecer servicios solicitados, así como para enviar cuestionarios y encuestas. Los datos personales se utilizan también para informar de nuevos productos y/o servicios o promociones. El Arrendador no vende o pone a disposición datos de sus clientes a terceros. El Arrendador guarda la información personal proporcionada por el Arrendatario en los servidores que se encuentran en un entorno seguro, protegido del acceso no autorizado, del uso o de la divulgación. El Arrendatario podrá en cualquier momento ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y de limitación del tratamiento (o cualesquier otros reconocidos por ley) remitiendo una comunicación por escrito adjuntando copia de su DNI o documento oficial que acredite su personalidad a la siguiente dirección: C/Ramón y Cajal nº 67 de Madrid o correo electrónico a la dirección: administracion@motosmadriddakar.com 

El Arrendatario presta su Consentimiento expreso al tratamiento de sus datos personales por el Arrendador, así como a que se comuniquen a aquellas entidades a las que sea preciso informar para proceder al cumplimiento y ejecución de lo dispuesto en este contrato y a aquellas sociedades mercantiles que pertenezcan al grupo empresarial del Arrendador.

21. FUERO Y DOMICILIO DE LAS PARTES.  Para cualquier cuestión que se derive del cumplimiento o interpretación de este contrato, las partes se someten expresamente a las leyes españolas y a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.

Las partes designan como domicilio a efecto de comunicaciones el señalado en el encabezado del presente contrato. Cualquier cambio requerirá de notificación fehaciente para su eficacia.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos,  se aceptan las condiciones dándole a la casilla.

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